Propuestas reglamentarias en trámite
Se comunica con fecha 17 de junio de 2026 por el Área de Gestión al Alumnado y Relaciones Internacionales la voluntad de elaborar un nuevo Reglamento. Nota: Se solicita su tramitación con carácter urgente dado el carácter prioritario que reviste la internacionalización para el sistema universitario y el volumen y diversidad de movilidad internacional que actualmente gestiona la Universidad de Cádiz. Descripción de la propuesta: Se pretende obtener un reglamento que: 1. Establezca los órganos competentes de la Universidad de Cádiz competentes en materia de movilidad internacional. Problemas que se pretenden solucionar: Necesidad y oportunidad de su aprobación: En estos momentos en que la internacionalización es una prioridad en el sistema universitario, que se extiende a todos los colectivos de la Universidad, y en que aumenta el número de movilidades, se hace necesario contar con una norma que regule de forma unificada la movilidad internacional y su reflejo en los expedientes del personal interviniente. Objetivos de la norma: Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias: Entendemos que existen tres opciones: La segunda opción tiene la ventaja de que es más sencillo elaborar reglamentos separados para regular colectivos o modalidades diferentes, pero el inconveniente de que pueden establecerse regímenes muy diferentes para situaciones similares. Se corre, además, el riesgo de que determinados colectivos o modalidades, por distintas circunstancias, no terminen obteniendo una norma que las regule.
Fase 1. Comunicación a la Secretaría General de la voluntad de elaborar o modificar un Reglamento
Fase 2. Consulta pública previa (FINALIZADA)
2. Regule la suscripción y seguimiento de los Convenios de movilidad internacional por parte de la Universidad de Cádiz.
3. Regule los distintos tipos de movilidad, entrante y saliente, de estudiantes, profesorado y PTGAS de la Universidad de Cádiz y sus efectos.
2. Falta de un marco regulatorio propio de las distintas formas de movilidad de los tres colectivos de la Universidad: estudiantes, personal docente / investigador y PTGAS.
3. Falta de normas propias que regulen íntegramente el reconocimiento de la movilidad internacional de los diferentes colectivos.
4. Falta de normas propias de aplicación subsidiaria en caso de que una convocatoria a gestionar contenga lagunas dispositivas.
5. Evitar la posible falta de implicación de determinadas instancias de la Universidad en la movilidad internacional.
2. Regular las distintas formas de movilidad de los 3 colectivos de la Universidad (estudiantes, personal docente y/o investigador y PTGAS).
3. Reglar el reconocimiento de la movilidad internacional en los distintos colectivos.
4. Crear una normativa subsidiaria de aplicación, para el caso de que una convocatoria a gestionar contenga lagunas dispositivas.
5. Implicar a todas las instancias de la Universidad en la movilidad internacional.
2. Crear diferentes reglamentos que regulen la movilidad internacional por colectivos o por tipo de movilidad.
3. Aprobar un Manual de Buenas Prácticas en materia de Movilidad Internacional.
La tercera opción carece de carácter vinculante, es meramente recomendatoria.
Se comunica con fecha 26 de junio de 2026 por Secretaría General la voluntad de elaborar un nuevo Reglamento. Descripción de la propuesta: Aprobación de un nuevo Reglamento de Actas Académicas de la Universidad de Cádiz que actualiza la normativa vigente e incorpora la regulación de las actas de duración indefinida, la gestión de titulaciones conjuntas internacionales y la adaptación de los procedimientos a la administración electrónica. Problemas que se pretenden solucionar: La necesidad de adaptar la regulación actual a nuevas realidades académicas y organizativas, cubrir vacíos normativos detectados en la gestión de determinadas enseñanzas y unificar criterios en la tramitación, cierre y custodia de las actas académicas. Necesidad y oportunidad de su aprobación: Resulta necesario adecuar la normativa vigente a los actuales procedimientos de gestión académica y a las nuevas modalidades de enseñanza, garantizando una mayor seguridad jurídica, eficiencia administrativa y homogeneidad en su aplicación. Objetivos de la norma: Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias: Es necesaria su regulación vía reglamentaria.
Fase 1. Comunicación a la Secretaría General de la voluntad de elaborar o modificar un Reglamento
Fase 2. Consulta pública previa (FINALIZADA)
2. Regular de forma expresa las actas de duración indefinida o abierta, proporcionando un marco jurídico adecuado para la gestión de los Trabajos Fin de Grado, Trabajos Fin de Máster y otras actividades académicas con sistemas de evaluación flexibles.
3. Incorporar previsiones específicas para la gestión académica de los títulos conjuntos internacionales, incluyendo mecanismos de equivalencia y armonización de calificaciones.
4. Clarificar las competencias y responsabilidades del profesorado, departamentos, coordinaciones académicas y secretarías de los centros en relación con la confección, firma, cierre, rectificación y custodia de las actas.
5. Unificar criterios de actuación en todos los centros de la Universidad, garantizando una aplicación homogénea de los procedimientos de gestión académica.
6. Reforzar la seguridad jurídica, la trazabilidad y la integridad de la información académica mediante la consolidación del sistema electrónico de gestión de actas.
7. Facilitar una gestión más eficiente y adaptada a las nuevas realidades académicas derivadas de la internacionalización de las enseñanzas y de la implantación de modelos de evaluación más flexibles.
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Fase 1. Comunicación a la Secretaría General de la voluntad de elaborar o modificar un Reglamento
Se comunica con fecha 1 de julio de 2026 por el Vicerrectorado de Títulos y Calidad a Secretaría General la voluntad de elaborar un nuevo Reglamento.
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Fase 2. Consulta pública previa (FINALIZADA)
Descripción de la propuesta:
La propuesta consiste en la aprobación del reglamento interno que establecerá la organización, estructura y funcionamiento del Centro Internacional de Formación Permanente (iCLE-UCA) de la Universidad de Cádiz. Se configura como un centro propio de carácter transversal e interdisciplinar, adscrito funcionalmente al Vicerrectorado competente en materia de formación permanente.
El reglamento definirá una unidad organizativa encargada de gestionar de forma integral las enseñanzas propias de la universidad en todas las fases del proceso formativo: desde la organización y diseño, pasando por el aseguramiento de la calidad, hasta la expedición y registro de los certificados correspondientes.
Problemas que se pretenden solucionar:
- Falta de unos estándares de calidad homogeneizados y unificados bajo un mismo Sistema Interno de Garantía de Calidad para la formación permanente.
- Dispersión de los procedimientos y certificaciones de la formación permanente en la universidad.
- Baja visibilidad institucional en la promoción, difusión y posicionamiento estratégico de la formación permanente de la universidad.
- Falta de agilidad en la coordinación con los diferentes centros académicos de la universidad.
Necesidad y oportunidad de su aprobación:
La creación del Centro Internacional de Formación Permanente de la Universidad de Cádiz (iCLE-UCA) resulta necesario para adaptar la normativa interna de la Universidad de Cádiz a los cambios normativos introducidos por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU) y el Real Decreto 822/2021. Estas normativas exigen potenciar la formación a lo largo de la vida mediante modalidades de aprendizaje más flexibles, tales como las microcredenciales y las estructuras modulares.
El iCLE-UCA permite que la UCA disponga de una estructura flexible y eficiente para dar respuesta rápida a las demandas socioeconómicas, laborales y profesionales del entorno. Asimismo, se alinea con los principios de internacionalización, equidad e inclusión social.
Objetivos de la norma:
- – Regular la estructura interna del Centro, estableciendo los órganos de gestión, consulta y control, determinando con claridad las competencias de cada uno de ellos.
- – Unificar los procesos administrativos, económicos y académicos vinculados a las enseñanzas propias.
- – Homogeneizar los estándares de calidad e implantar de forma efectiva el Sistema Interno de Garantía de Calidad de las enseñanzas propias.
- – Fortalecer las alianzas con empresas e instituciones de la provincia.
- – Agilizar los aspectos administrativos y de registro de la formación permanente, desde la matrícula hasta la expedición eficiente de certificados y diplomas.
Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:
Se entiende que existen dos opciones:
- – Creación del Centro Internacional de Formación Permanente (iCLE-UCA) y aprobación de su reglamento interno, permitiendo centralizar la gestión de la formación continua, homogeneizando los estándares de calidad con un SIGC específico para el centro.
- – Mantenimiento del modelo actual, en el que la formación continua se gestione como en la actualidad dejando sin resolver los problemas de heterogeneidad en los estándares de calidad.
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Fase 1. Comunicación a la Secretaría General de la voluntad de elaborar o modificar un Reglamento
Se comunica con fecha 7 de julio de 2026 por el Vicerrectorado de Profesorado la voluntad de modificar el Reglamento UCA/CG05/2014, de 17 de junio, por el que se establecen los procedimientos para la cobertura de las necesidades docentes sobrevenidas en la Universidad de Cádiz.
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Fases 2 a 5. De consulta pública previa a elaboración del proyecto
Conforme a lo establecido en el artículo 133.4 LPACAP, no es necesario el trámite de consulta pública previa por no considerarse modificación sustancial y haber sido acordada en Mesa de Negociación con fecha 18 de junio de 2026, dando su conformidad las Organizaciones Sindicales con fecha 1 de julio de 2026.
El órgano proponente ha elaborado el proyecto de Reglamento por el que se modifica el Reglamento UCA/CG05/2014, de 17 de junio, por el que se establecen los procedimientos para la cobertura de las necesidades docentes sobrevenidas en la Universidad de Cádiz.
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Fase 6. Exposición pública (FINALIZADA)
Descarga el Proyecto de Reglamento por el que se modifica el Reglamento UCA/CG05/2014, de 17 de junio, por el que se establecen los procedimientos para la cobertura de las necesidades docentes sobrevenidas en la Universidad de Cádiz aquí.
Plazo de presentación de alegaciones: del 8 al 15 de julio de 2026.
Forma de presentación: correo electrónico dirigido a seleccion.pdi@uca.es, con copia a tramitacion.normativa@uca.es
Descarga el modelo de presentación de propuestas aquí.